Novedades en Anticipos de Ganancias
Flexibilizaci贸n y Actualizaci贸n del R茅gimen de Reducci贸n de Anticipos.
S铆ntesis Ejecutiva: RG 5778/2025
La Resoluci贸n General 5778 de ARCA introduce modificaciones significativas al r茅gimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias (RG 5.211 y RG 5.246), con el objetivo de adecuar la carga financiera de los contribuyentes a su realidad econ贸mica proyectada. La norma flexibiliza los plazos para ejercer la opci贸n de reducci贸n, establece condiciones especiales para adelantar dicha opci贸n y actualiza los umbrales monetarios que activan procedimientos especiales, incorporando un mecanismo de ajuste anual por inflaci贸n.
Estas medidas buscan evitar que los contribuyentes, tanto personas humanas como jur铆dicas, deban ingresar anticipos excesivos cuando prevean una disminuci贸n en sus ganancias o un impuesto determinado significativamente menor al del per铆odo anterior. La actualizaci贸n de montos por IPC a partir de 2027 dota de mayor previsibilidad y sostenibilidad al sistema.
Objetivo Principal
Ajustar la carga de anticipos a la capacidad contributiva proyectada y simplificar procedimientos.
Sujetos Beneficiados
Personas Humanas, Sucesiones Indivisas y Sociedades (Art. 73 LIG).
Clave: Flexibilidad
Nuevos plazos y condiciones para solicitar la reducci贸n de anticipos.
Actualizaci贸n Autom谩tica
Desde 2027, los umbrales se ajustar谩n anualmente por IPC.
Modificaciones Clave de la RG 5778
Caso 1: Persona Humana
Situaci贸n: Profesional independiente que proyecta una disminuci贸n de ingresos para el a帽o fiscal en curso.
- Opci贸n General: Puede solicitar la reducci贸n de anticipos a partir del tercer anticipo.
- Opci贸n Anticipada (>40%): Si estima que el total de anticipos calculados seg煤n el r茅gimen general superar谩 en m谩s del 40% su impuesto final estimado, puede solicitar la reducci贸n desde el primer anticipo.
Caso 2: Sociedad (Art. 73 LIG)
Situaci贸n: Empresa que prev茅 una ganancia menor debido a cambios en el mercado.
- Opci贸n General: Puede solicitar la reducci贸n a partir del quinto anticipo.
- Opci贸n Especial (>25%): Si estima que el total de anticipos calculados superar谩 en m谩s del 25% su impuesto final proyectado, puede solicitar la reducci贸n desde el tercer anticipo.
- Opci贸n Anticipada (>40%): Si la estimaci贸n supera el 40%, puede solicitarla desde el primer anticipo.
Caso 3: Procedimiento Especial (RG 5.246)
Situaci贸n: Gran contribuyente (Segmento 11) cuya base de c谩lculo para los anticipos (impuesto del a帽o anterior) supera el nuevo umbral.
- Nuevo Umbral (Segmento 11): $250.000.000.
- Nuevo Umbral (Resto): $200.000.000.
- Procedimiento: Si su base supera este monto, o si la reducci贸n estimada es muy significativa (seg煤n Art. 2, pto 2, RG 5.246), su solicitud de reducci贸n seguir谩 un procedimiento especial de an谩lisis por parte de ARCA antes de ser aprobada.
Procedimiento para Ejercer la Opci贸n de Reducci贸n
La solicitud para reducir los anticipos del Impuesto a las Ganancias se realiza a trav茅s del sistema "Cuentas Tributarias" o el servicio espec铆fico que ARCA disponga, accediendo con Clave Fiscal.
Pasos Generales:
- Ingresar al portal de ARCA con CUIT y Clave Fiscal.
- Acceder al servicio "Sistema de Cuentas Tributarias" o el habilitado para la gesti贸n de anticipos.
- Seleccionar la opci贸n correspondiente a "Reducci贸n de Anticipos".
- Completar la informaci贸n solicitada, incluyendo la base de c谩lculo proyectada y el impuesto estimado para el per铆odo fiscal en curso.
- Presentar la solicitud electr贸nicamente.
Consideraciones Importantes:
- Plazos: La opci贸n debe ejercerse antes de la fecha de vencimiento del anticipo desde el cual se solicita la reducci贸n (3°, 5°, o 1° seg煤n el caso).
- Justificaci贸n: Es fundamental contar con papeles de trabajo y documentaci贸n que respalden la estimaci贸n realizada, ya que ARCA puede requerirla.
- Procedimiento Especial (RG 5.246): Si la base de c谩lculo supera los umbrales ($250M/$200M) o la reducci贸n es muy grande, la solicitud puede requerir un an谩lisis adicional por parte de ARCA antes de su aprobaci贸n. Consultar RG 5.246 para detalles.
- Vigencia RG 5778: Aplicable a solicitudes realizadas a partir del 28 de octubre de 2025.
